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Actualizado hace 11 hours | ISSN: 2805-6396

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Regulan documento único de transporte turístico entre Colombia y Ecuador (9:36 a.m.)

24 de Julio de 2015

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Nota:
102030
Las empresas habilitadas en la modalidad de transporte especial por el Ministerio de Transporte y que estén interesadas en realizar transporte turístico entre Colombia y Ecuador deberán obtener el documento único de transporte turístico, otorgado por el Ministerio de Transporte, en el que conste que el transportador y el vehículo están autorizados para realizar dicho servicio. Para la obtención del documento, las em­presas habilitadas tendrán que acreditar los siguientes requisitos: habilitación para transporte especial a nivel nacional; póliza de seguro del vehículo; seguro obligatorio de accidentes de tránsito vigente; registro nacional de turismo otorgado por el Ministerio de Comercio y la tarjeta de operación vigente y licencia de tránsito de cada vehículo. Este trámite no tiene ningún costo, se otorgará por el término de un año y será requisito previo y obligatorio para realizar transporte terrestre turístico. Una vez entre en operación el módulo de Transporte Inter­nacional del Registro Nacional de Empresas, a través del Runt, el documento único será expedido por las direcciones territoriales.  

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