Regulan aportes de recursos de entidades públicas a patrimonios autónomos constituidos para proyectos de vivienda (4:25 p.m.)
14 de Julio de 2014
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Nota:
61793
A través del Decreto 1286, el Ministerio de Vivienda definió las condiciones para que las entidades públicas del orden nacional realicen aportes de recursos a los patrimonios autónomos constituidos para el desarrollo de proyectos de vivienda. Así mismo, en la norma se establece el mecanismo de vinculación de estas entidades otorgantes de subsidios familiares de vivienda rural a los esquemas fiduciarios previstos por la ley. La vinculación a los referidos patrimonios autónomos, así como la ejecución y liquidación de los proyectos, se regirá por las normas del derecho privado, de conformidad con el artículo 6° de la Ley de Vivienda de Interés Prioritario (Ley 1537 del 2012).
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