Reglamentan la plataforma tecnológica ‘Mi Registro Rural', para acceder a incentivos, subsidios o apoyos estatales
29 de Marzo de 2022
Por medio del Decreto 405, del 24 de marzo, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural adicionó el Decreto 1071 del 2015 (DUR del sector administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural), en relación con la plataforma tecnológica “Mi Registro Rural”.
De acuerdo con la norma, esta plataforma contendrá el registro de usuarios de cédula rural para formalizar la actividad de producción agropecuaria, promover la inclusión financiera, controlar el otorgamiento de créditos, subsidios, incentivos o apoyos estatales a las actividades agropecuarias y rurales y obtener información de la producción agropecuaria que facilite la adopción de políticas públicas.
Así mismo, se alimentará de la información suministrada por los interesados en el proceso de registro, la información contenida en los formularios de caracterización y los datos e información interoperados con las diferentes fuentes de información disponibles. Los usuarios deberán autenticarse digitalmente para el acceso a la plataforma.
Para efectos de acceder a los incentivos, subsidios o apoyos estatales que, por su naturaleza, son entregados de manera directa por el ministerio y sus entidades adscritas y vinculadas para el desarrollo de actividades agropecuarias y rurales, las personas naturales o jurídicas interesadas deberán estar previamente registradas en la mencionada plataforma y mantener actualizada la información de su cédula rural.
Por último, en un plazo de seis meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la norma, se exigirá el registro en la plataforma a los interesados en acceder a los incentivos, subsidios o apoyos estatales que, por su naturaleza, sean entregados de manera directa. Así mismo, para acceder a los créditos e instrumentos financieros canalizados a través del Sistema Nacional de Crédito Agropecuario.
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