Reglamentan acceso a beneficios sociales y económicos para postulados de Justicia y Paz (2:30 p.m.)
24 de Octubre de 2014
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Nota:
98156
A través de la Resolución 1724, la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas (ACR) reglamentó los requisitos, características, condiciones y obligaciones para el acceso y otorgamiento de los beneficios sociales y económicos del proceso de reintegración dirigido a la población desmovilizada y postulada a la Ley 975 del 2005, modificada y adicionada por la Ley 1592 del 2012 y el Decreto 3011 del 2013. Esta norma no aplica para los desmovilizados postulados que recobren su libertad en virtud de los procedimientos judiciales adelantados ante la justicia ordinaria. Para el ingreso al proceso, la resolución explica que podrá integrar la persona desmovilizada y postulada a dicha ley y que no esté actualmente participando dentro del proceso regulado por la Resolución 0754 del 2013, que cumpla con requisitos como estar certificado como desmovilizado y postulado a la Ley 975, tener el acta de compromiso con el proceso de reintegración liderado por la ACR y acreditar el otorgamiento de la libertad, entre otros. De igual manera, reglamenta lo pertinente a los beneficios sociales, tales como acompañamiento sicosocial, gestión en salud, gestión en educación y los beneficios económicos. Finalmente, regula lo concerniente a la terminación del proceso de reintegración, verificación y monitoreo.
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