Reglamentada tasa retributiva por vertimientos a recursos hídricos (3:55 p.m.)
26 de Diciembre de 2012
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Nota:
85944
Con el fin de reglamentar la tasa retributiva por la utilización directa e indirecta del agua como receptor de los vertimientos puntuales, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió el Decreto 2667 del 21 de diciembre. Esta norma está dirigida a las personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, que realizan vertimientos puntuales en forma directa o indirecta al recurso hídrico, así como a las autoridades ambientales definidas en la misma disposición. La tarifa de la tasa retributiva es definida como el valor que se cobra por unidad de carga contaminante vertida al recurso hídrico, siendo este cualquier descarga final de un elemento, sustancia o parámetro contaminante que esté contenido en un líquido residual de cualquier origen. Además de implementarse el cálculo de la referida tarifa, el decreto dispone el establecimiento de metas de carga contaminante.
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