Registradores validarán autenticidad de licencias urbanísticas expedidas por curadores (1:53 p.m.)
26 de Abril de 2018
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Nota:
60968
Atendiendo las necesidades de evitar que los registradores de instrumentos públicos inscriban escrituras públicas con actos jurídicos que se refieran a unidades inmobiliarias justificadas con licencias que no han sido expedidas por las autoridades competentes, la Superintendencia de Notariado y Registro expidió la Instrucción Administrativa 07 del 2018. La instrucción obliga a los curadores urbanos a publicar en un link de su página web todas las licencias urbanísticas expedidas y actos de reconocimiento de edificación existentes, con el propósito de generar un repositorio para las autoridades administrativas respectivas y entes de control cuando estas lo requieran. Para efectos de la prestación del servicio público registral se precisó que los registradores de instrumentos públicos cuyo acto objeto de inscripción requiera licenciamiento urbano previo o acto que surta los mismos efectos jurídicos, como el reconocimiento de edificación, deberán realizar la verificación de su autenticidad, validando el documento consultado en el link establecido por el curador urbano. En los eventos en que los documentos no coincidan, o se trate de un documento que no fue expedido por el curador, el registrador inadmitirá la solicitud de registro, señalando como causal de devolución la situación referida.
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