Recursos derivados de regalías no son de propiedad exclusiva de los entes territoriales: Corte Constitucional (10:35 a.m.)
25 de Enero de 2013
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Nota:
85454
La Corte Constitucional concluyó que los recursos derivados de las regalías generados por la explotación del subsuelo no son de propiedad exclusiva de los entes territoriales. Con estos argumentos, declaró constitucional el Acto Legislativo 05 del 2011, que reforma el Sistema General de Regalías en los artículos 360 y 361 de la Constitución, pues no encuentra que se viole el principio de la autonomía de los entes territoriales. Ello debido a que, a juicio de la corporación, este tipo de recursos, independientemente del lugar donde sean explotados, pertenecen al Estado en su conjunto. El alto tribunal aclaró además que no se trata de la única fuente de financiamiento con la que cuentan las regiones. Tras la votación de seis a uno con la que fue derrotada la ponencia de inexequibilidad propuesta por Jorge Ignacio Pretelt, este presentó salvamento, que se suma a la aclaración anunciada por Mauricio González (M. P. Luis Ernesto Vargas Silva).
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