Recuerdan reglas sobre principio de inmediación y reconocen delegación de función notarial (9:10 a.m.)
17 de Junio de 2014
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Nota:
97067
En el Derecho Notarial, el principio de inmediación consiste en la presencia física, directa e inmediata de personas y cosas ante un notario en procura de una comunicación directa y cierta, a efectos de generar autenticidad. La manifestación del principio de la inmediación en cuanto a personas se surte con la comparecencia y obedece al carácter fáctico de la actividad, cuyo fundamento es la autenticidad y la fe notarial. Sin embargo, ante la multiplicidad de funciones por parte de los notarios, la jurisprudencia ha aceptado la figura de la delegación, bajo el entendido que existe comparecencia jurídica, no obstante no haber acercamiento entre declarante y notario, pues suficiente es la certeza que este mismo funcionario otorga acerca de la identidad de los comparecientes y la fidelidad de sus declaraciones. Por consiguiente, aunque desde el punto de vista legal en el sistema notarial colombiano no exista esta figura, jurisprudencialmente sí ha sido aceptada.
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