Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Recuerdan obligaciones tributarias de oficinas de representación de organismos internacionales (3:24 p.m.)

61853

22 de Julio de 2014

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Para la administración tributaria, las oficinas de representación de organismos internacionales, al no ser constituidas ni asimiladas a personas jurídicas ni naturales, no están obligadas a presentar declaración de renta y complementarios. Lo anterior en razón a que esta obligación, en el caso de no residentes o no domiciliados en el país, le corresponde a aquellas personas o entidades que reciban ingresos de fuente nacional no sometidos a retención, o que si lo están no corresponden a los contemplados entre los artículos 407 a 411 del Estatuto Tributario. Así las cosas, le corresponderá a la entidad extranjera representada presentar la declaración de renta y complementarios, cuando haya lugar. Vale la pena recordar que las oficinas de representación tienen como función promover y ofrecer negocios y servicios que constituyen el objeto social del organismo representado, autorizado en Colombia.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)