Recuerdan multiplicidad de elementos mediante los cuales se puede probar el acceso carnal (8:00 a.m.)
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18 de Febrero de 2015
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La Corte Suprema aludió a la multiplicidad de escenarios sobre los cuales el artículo 212 del Código Penal define la comisión del delito de acceso carnal. En este caso, se refirió a las valoraciones sicológicas adelantadas a la víctima y la valoración perital de los hechos, los cuales evidenciaron que se produjo el punible, y agregó que la falta de evidencia científica en torno a la pérdida de la virginidad de una niña no prueba necesariamente que no haya sido víctima de esta conducta (M. P. Luis Guillermo Salazar).
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