Reconocen lucro cesante para actividad doméstica no remunerada en parejas del mismo sexo (10:46 a.m.)
28 de Junio de 2013
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Nota:
89168
Al admitir el lucro cesante en la actividad doméstica no remunerada que desempeña un integrante del núcleo familiar, el Consejo de Estado extendió el reconocimiento de este derecho para las parejas del mismo sexo. La Sección Tercera precisó que la cambiante concepción constitucional alrededor de la familia genera que la tesis sea aplicable también a parejas homosexuales o incluso las heterosexuales en la que sea el hombre, y no la mujer, quien desempeñe las labores del hogar. El alto tribunal precisó además que, ante la actividad que no era remunerada para la víctima, pero que deberá serlo para quien la remplace, el resarcimiento por concepto de lucro cesante debe ser equivalente al salario mínimo mensual. Se trata de la misma sentencia recientemente dada a conocer en la que se reconoce la labor de ama de casa como una actividad que puede ser objeto del reconocimiento de un perjuicio material para la familia de la víctima (C. P. Jaime Orlando Santofimio).
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