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Quien ejecuta labores sin respaldo contractual debe asumir el riesgo (10:38 a.m.)

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05 de Mayo de 2015

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Así lo sostuvo el Consejo de Estado al negar las pretensiones de un contratista que pretendía ser remunerado por seguir adelantando las labores que se le habían encomendado, fuera de los términos de ejecución del contrato. Dicho acuerdo imponía que solo la fuerza mayor justificaba la ampliación de la vigencia del convenio fuera de los plazos pactados para su duración. Así las cosas, el hecho de que no surgieran circunstancias de fuerza mayor demuestra que la actuación del actor no tenía respaldo contractual, luego no podía reclamar el pago de facturas por el abastecimiento de elementos que le prestó a demandada con posterioridad al contrato (C. P. Marco Antonio Velilla).

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