Puestos militares cerca a viviendas no siempre violan el derecho a la seguridad pública (3:21 p.m.)
20 de Abril de 2015
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Nota:
101061
Para el Consejo de Estado, la instalación de una base militar en determinado lugar no puede suponer, por sí misma, una amenaza o vulneración del derecho colectivo a la seguridad pública. La posibilidad de ordenar el traslado de esas sedes militares, dice, está sujeta a que se demuestre probatoriamente que los pobladores que guarden vecindad con aquellas no están en condiciones de cumplir su deber constitucional de apoyo a estas autoridades, pues el simple temor de sufrir un atentado terrorista no es suficiente para acreditar esta condición. Además, anotó que de nada serviría que los puestos de control donde tenga su base de operaciones la fuerza pública se encuentren lejos de las zonas de conflicto, pues los agentes que hacen parte de ellos tardarían demasiado en llegar a ese tipo de lugares, donde más se requiere de su presencia. Así, la Sala revocó la orden del Tribunal de Antioquia de trasladar el centro de operaciones de la Brigada Móvil 18 del Ejército, que opera en Ituango (Antioquia) (C. P. Guillermo Vargas Ayala).
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