Publican sentencia que declaró constitucional concurso de méritos en personerías sin intervención de la Procuraduría (10:10 a.m.)
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30 de Julio de 2013
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La Corte Constitucional declaró exequible la expresión “previo concurso de méritos” del artículo 35 de la Ley 1551 del 2011, porque la Carta Política consagra expresamente el sistema de méritos como el mecanismo general de vinculación al sector público, permite cumplir los fines estatales y asegura los derechos fundamentales de acceso a la función pública en condiciones de igualdad y al debido proceso. En cambio, la expresión “que realizará la Procuraduría General de la Nación” fue declarada inexequible, pues a juicio del alto tribunal la realización del concurso por parte del Ministerio Público vacía de contenido las atribuciones constitucionales de los concejos, transfiere el acto de elección a un tercer órgano, en contravía con el sistema constitucional de distribución de competencias, e implica, además, una lesión de la autonomía de las entidades territoriales. Gabriel Eduardo Mendoza salvó el voto (M.P. Luis Guillermo Guerrero).
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