Proyecto de explotación minera debe garantizar compensación justa por impacto ambiental, económico y social (3:28 p.m.)
16 de Diciembre de 2014
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Nota:
98719
El Consejo de Estado ratificó la decisión del Ministerio de Ambiente de negar la licencia solicitada por Mineros El Dorado para la realización de un proyecto de explotación aurífera en el valle aluvial del río Saldaña, en el Tolima. Para la Sala, eran fundadas las observaciones de la administración respecto a la amenaza de los derechos de comunidades que allí habitan y la imprevisibilidad en torno a la compensación justa que se debe garantizar en este tipo de proyectos. Recordó que el otorgamiento de una licencia ambiental para la explotación minera debe estar sujeto a la presentación de una iniciativa que ofrezca certezas sobre la adquisición de recursos que permitan resarcir los efectos negativos ambientales, sociales y económicos. La providencia indica que el artículo 65 de la Constitución le impone al Estado la protección de recursos agrícolas, el 79 reivindica el derecho de la ciudadanía a gozar de un ambiente sano y el 80 le impone a las instituciones planificar la explotación de los recursos naturales. A juicio de la Sala, el Ministerio no solo cumplió con estos objetivos, sino los trazados en el artículo 5º de la Ley 99 de 1993, que le habilitan a tramitar y otorgar o negar licencias ambientales (C. P. María Claudia Rojas).
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