Proponen plazo para aplicar lo establecido sobre incumplimiento de contratos de transporte de gas natural (11:11 a.m.)
20 de Noviembre de 2013
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Nota:
92801
Comisión de Regulación de Energía y Gas, Resolución 156, octubre/32/2013 La Comisión de Regulación de Energía y Gas considera adecuado establecer un plazo para dar aplicación a lo establecido en los literales a) de los numerales 1 y 2 del artículo 14 de la Resolución 089 del 2013, que sea concordante con la ejecución de los contratos resultantes de las negociaciones directas establecidas mediante las resoluciones 122 y 130 del 2013. Por lo cual, propone que la obligación de asegurar que la cantidad de energía nominada al vendedor sea igual o inferior a la cantidad de energía contratada por el comprador, y que la cantidad de energía nominada al transportador sea igual o inferior a la equivalencia energética de la capacidad contratada por el remitente, empiece a regir a partir del 1º de enero del 2014. Las observaciones sobre el proyecto deberán dirigirse a la calle 116 # 7-15, o al correo electrónico creg@creg.gov.co hasta el mañana 21 de noviembre.
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