Procuraduría pide imponer límites a norma que sanciona a conductores que evadan prueba de alcoholemia (8:35 a.m.)
11 de Diciembre de 2014
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Nota:
98840
La Procuraduría pidió a la Corte Constitucional condicionar la constitucionalidad de la norma que sanciona a los conductores que se nieguen a la práctica de la prueba de alcoholemia, al sostener que no puede considerarse renuencia la exigencia de verificar las condiciones para la realización del examen (parágrafo 3º parcial del artículo 5º de la Ley 1696 del 2013, que modifica el artículo 152 de la Ley 769 del 2002). Así, dice, los conductores podrán solicitar que se prueben las óptimas condiciones de los elementos técnicos de los que dispongan las autoridades para adelantar la prueba y la pericia del personal encargado. El concepto indica que el presunto infractor podrá solicitar los certificados de calibración de los aparatos y requerir su traslado inmediato ante un perito especializado de la Policía Nacional, distinto de la autoridad de tránsito. El organismo de control también solicitó condicionar la sanción para quien se dé a la fuga, en tanto que esta solo proceda si el escape se produce después de solicitada la prueba y no en cualquier momento (parágrafo 3º parcial del artículo 5º de la Ley 1696 del 2013). Finalmente, sostuvo que los cargos formulados frente a la cancelación de la licencia de conducción, que se establece como sanción por la evasión al procedimiento, carecen de certeza, por cuanto procede la inhibición en esta materia específica. La ponencia será presentada por el magistrado Luis Ernesto Vargas.
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