Procuraduría pide declarar inconstitucional Tratado de cooperación en seguridad firmado con la Otán (3:09 p.m.)
23 de Febrero de 2015
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Nota:
99600
Considera que la falta de determinación respecto a la información objeto de intercambio que debe ser objeto de reserva podría violar derecho de acceso a la información, del artículo 74 de la Constitución, así como el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos de expresarla y difundirla libremente (Ley 1734 del 2014). A su vez, dice, no se impone a los funcionarios responsables del uso de estos datos el deber de motivar la negación de acceso a ellos. Además, la posibilidad de determinar el tipo de información que sería objeto de reserva contenido en el artículo 5º, dice, constituye un mecanismo infra legal no sujeto a control de constitucionalidad. Finalmente, sostuvo que la inconstitucionalidad también se refleja en la imposibilidad de formular reservas contrarias al tratado. La ponencia será proyectada por Luis Ernesto Vargas.
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