Procuraduría defiende proceso de registro de terrenos establecido en Ley de Víctimas y Restitución de Tierras (10:50 a.m.)
03 de Diciembre de 2014
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Nota:
99011
Aunque la Procuraduría considera que la Corte Constitucional se debe abstener de examinar la demanda a la regulación del proceso de registro para la restitución de tierras, precisó que, a su juicio, es exequible el aparte que indica que el trámite debe estar sujeto a la recuperación de condiciones de seguridad y establecimiento del despojo histórico, en aras del surgimiento de condiciones óptimas para el retorno de las víctimas (artículo 76 parcial de la Ley 1448 del 2011). El escrito establece que el texto puesto a consideración de la Corte no obliga a los afectados por la violencia a volver a las tierras de las que huyeron como consecuencia de las hostilidades, sino que simplemente da lugar a ciertos parámetros para adelantar el citado proceso de registro. El magistrado Jorge Iván Palacio proyectará el fallo.
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