Procuraduría cuestiona norma de 1952 que permite a Acerías Paz del Río hacer uso de aguas del lago de Tota (10:06 a. m.)
06 de Octubre de 2014
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Nota:
63657
Aunque la Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional que se inhiba de examinar una demanda contra una norma que promueve la conservación de las aguas del lago de Tota y regula su uso por parte de la siderúrgica Acerías Paz del Río, sostuvo que estas disposiciones deben ser retiradas del ordenamiento (Decreto 1111 de 1952). El Ministerio Público aclaró que por el solo hecho de que la disposición esté fundada en la Ley 141 de 1961, que convirtió en leyes permanentes decretos legislativos fijados en medio del Estado de excepción de noviembre de 1949, no puede considerarse que el texto demandado no esté vigente. Indicó que aun cuando se trate de una norma previa a la Constitución de 1991, la misma Corte estableció que esta disposición legislativa, que permitió incorporar a la ley las decisiones tomadas entonces por el Gobierno, no era inconstitucional (Sentencia C-593 de 1993); sin embargo, dice, esto no significa que tales determinaciones también sean exequibles. Precisó que el texto es inconstitucional porque a pesar de que pudiera considerarse que no se encuentra vigente, por mandato del Decreto 1382 de 1940, lo cuestionado autoriza el uso de aguas sin restricción en el tiempo, lo cual constituye una potestad desproporcionada para una empresa que hoy es privada y con capital extranjero.
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