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Estas son las diferencias entre error grave y falta de fundamentación

18 de Julio de 2016

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Al resolver un recurso de apelación, la Sección Tercera del Consejo de Estado precisó las diferencias entre las figuras jurídicas de error grave en un dictamen pericial y la insuficiencia o deficiencia fundamentación en el mismo, así:

 

Error grave. Este precepto supone un concepto objetivamente equivocado y da lugar a que los peritos que brindaron el dictamen y que erraron en materia grave sean reemplazados. (Lea: Estos son los criterios para verificar la eficacia probatoria del dictamen pericial)

 

Por el contrario, la deficiencia en la fundamentación del dictamen es una figura jurídica que no implica necesariamente la equivocación; sin embargo, da lugar a que este dictamen pericial sea descalificado como plena prueba en el fallo, por carecer de los requisitos necesarios legales para ello. (Lea: El dictamen pericial previo en el nuevo ordenamiento procesal)

 

El alto tribunal aseguró que es el juez quien debe apreciar y valorar el dictamen pericial, examinar si los juicios o los razonamientos concluidos por los peritos o los demás elementos de convicción cuentan con un soporte legal firme que respalde las respectivas conclusiones del peritazgo (C. P.: Ramiro Pazos Guerrero).

 

Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia 25000232600019930912302(28055), Ene. 29/16

 

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