13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


Precisiones sobre entrada en vigencia de regulación de las fotomultas (4:10 p.m.)

23 de Abril de 2018

Reproducir
Nota:
61042
Para hacer claridad sobre algunos aspectos de la nueva normativa que rige para la instalación y operación de los medios técnicos y/o tecnológicos para la detección de presuntas infracciones al tránsito (SAST), más conocidas como fotomultas o fotocomparendos, contenida en la Ley 1843 del 2017 y en la Resolución 718 del 2018, el Ministerio de Transporte considera importante tener en cuenta ciertos aspectos sobre la entrada en vigencia de algunas de sus disposiciones frente a otras que están sujetas a otros plazos para su obligatoriedad. Dentro de las que entraron a regir de forma inmediata están los términos para la validación, notificación y comparecencia dentro del proceso contravencional de las presuntas infracciones de tránsito detectadas a través de los fotocamparendos. Entrará a regir en 180 días hábiles, a partir de la reglamentación (Resolución 718), la exigencia de tener tramitada la autorización para la instalación y operación de los SAST que ya se encontraban funcionando el 14 de julio del 2017, cuando fue sancionada la ley. Rige desde el pasado 14 de enero del 2018 la obligación de las autoridades de tránsito territoriales que operen SAST de tener implementados mecanismos electrónicos para la comparecencia a distancia de los presuntos infractores.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)