Por paro judicial, Consejo de Estado admite tutela que debía ser conocida por un juez municipal (2:55 p.m.)
12 de Noviembre de 2014
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Nota:
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A pesar de que las acciones de tutela contra particulares deben ser conocidas en primera instancia por jueces municipales, el magistrado del Consejo de Estado, Alberto Yepes, actuando como juez de origen, decidió admitir una y ordenó medidas cautelares para evitar la consumación de la violación de los derechos a la vida y la salud de un ciudadano. Esto de manera excepcional, dice, porque ante el paro judicial que protagonizan los trabajadores de la rama desde hace casi un mes, no existiría otra oportunidad de evitar el perjuicio irremediable que podría sufrir el actor, mientras se remite la actuación al despacho que debería avocar el conocimiento. Así, pese a que, de acuerdo con el artículo 1º del Decreto 1382 del 2000, el Consejo de Estado no sería el competente para resolver, el magistrado admitió el estudio de la acción y ordenó a la EPS demandada que le brinde los tratamientos a los que haya lugar a un paciente que fue herido en un atraco, como medida provisional, mientras se estudia de fondo el caso (C. P. Alberto Yepes).
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