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Por estas razones se levantó la suspensión del POT

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, al resolver la apelación de la medida cautelar, precisó sobre la suspensión del plazo por el trámite de impedimentos y recusaciones.
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Conozca la decisión que suspendió provisionalmente el POT de Bogotá y las críticas de la alcaldía (AlcaldíaBogotá)

26 de Agosto de 2022

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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca revocó la medida cautelar que suspendía de manera provisional el Decreto 555 del 29 de diciembre del 2021, mediante el cual la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, expidió el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) Bogotá Reverdece 2022 - 2032.

En la demanda, Miguel Uribe Turbay argumenta que la mandataria distrital no tenía la facultad legal para dar vía libre al POT por el incumplimiento del término necesario para que el Concejo de Bogotá lo discutiera.

Explicó que el acto administrativo no había completado el término de 90 días calendario de que disponía el Concejo de Bogotá, la alcaldesa y la Secretaría Distrital de Planeación para aprobar el proyecto por decreto, por lo que la actuación administrativa fue suspendida para resolver los impedimentos y recusaciones formulados en dicha oportunidad, así como por la falta de convocatoria de la alcaldesa a sesiones extraordinarias para continuar con el debate después del 10 de diciembre del 2021. Por estos motivos, el actor solicitó la suspensión provisional de los efectos del acto demandado.

El tribunal consideró que no había lugar a decretar la suspensión provisional de los efectos jurídicos del acto administrativo proferido por la alcaldesa, en consideración a que no se probó la suspensión del plazo por el trámite de impedimentos y recusaciones. Así las cosas, advirtió la Sala, en el presente caso no se reunieron los requisitos exigidos por el artículo 231 de la Ley 1437 deL 2011 para decretar la suspensión provisional de los actos demandados y por ello revocó la medida cautelar (M. P. Felipe Alirio Solarte Maya).

Reacciones

Frente a esta decisión, en redes sociales se dieron las primeras reacciones tanto a favor como en contra de la decisión del tribunal.

La alcaldesa, por supuesto, celebró dicha providencia:

 

 

De igual manera, la Secretaría Jurídica Distrital expresó su apoyo al fallo:

 

 

Por su lado, el demandante manifestó su inconformismo por el levantamiento de la medida cautelar con serias acusaciones:

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