Pocas posibilidades de vida del bebé prematuro no son excusa para un mal servicio médico (4:05 p.m.)
09 de Febrero de 2016
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Así lo informó la Sección Tercera del Consejo de Estado, luego de estudiar una acción de reparación directa que interpuso una ciudadana en contra del Instituto de Seguro Sociales al perder su primer hijo que nació prematuramente por falta de servició médico y hospitalario. En efecto, el alto tribunal enfatizó que así un embarazo presente inconvenientes en las primeras semanas de gestación, aunque tenga pocas probabilidades de vida para el feto, no constituye una justificación para prestar una atención negligente a un paciente, o peor aún, para negarle su atención. Igualmente, aclaró que incluso cuando nace un feto sin posibilidades de que sobreviva, a este se le deben brindar los cuidados básicos y necesarios, hasta el momento de su fallecimiento. Finalmente, la alta corporación después de realizar el respectivo análisis probatorio, encontró, para el caso concreto, que el personal del centro médico que atendió el caso fue desidioso, descuidado y negligente. Así, confirmó la decisión de instancia que condenaba al Estado por estos hechos (C.P. Olga Mélida Valle).
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