Piden condicionar norma que regula pago del impuesto de industria y comercio por distribución de energía (3:07 p.m.)
13 de Agosto de 2014
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Nota:
62352
La Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional condicionar la norma que regula el cobro del impuesto de industria y comercio por la comercialización de energía eléctrica a cargo de las empresas generadoras (artículo 181 de la Ley 1607 del 2012). Teniendo en cuenta que allí se impone una tasa para la venta a usuarios no regulados, que es más beneficiosa que la de los demás intervinientes de esa cadena productiva, esta posibilidad debe estar condicionada a que se trate de energía generada por la misma empresa y no que abarque la proveniente de un tercero, en criterio del Ministerio Público. Ello porque el artículo 7º de la Ley 56 de 1981 estableció un trato preferencial en esta materia, con el propósito de incentivar la generación de electricidad. En su criterio, la constitucionalidad de la norma también se debe condicionar a que el ente regulador del asunto garantice que, en tiempos de escasez, la distribución de la energía se dé en términos de equidad, independientemente de que en las condiciones previas para su adquisición se hayan pactado acuerdos con usuarios regulados y otros no regulados.
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