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Permitir el diseño de jardines verticales en lugares prohibidos vulnera normas de publicidad exterior visual (11:00 a.m.)

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12 de Septiembre de 2013

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Al autorizar la instalación de elementos publicitarios en espacios abiertamente prohibidos para tal fin, como es el caso de puentes vehiculares, bajo puentes y muros de contención de vías, la Resolución 6619 del 2011, por la cual se establecieron las características y condiciones para el diseño e implementación de jardines verticales en Bogotá, se opone a normas superiores en materia de publicidad exterior visual. Así lo consideró la Secretaría Distrital de Ambiente, al revocar la norma, mediante Resolución 1305 del pasado 23 de agosto. Según la entidad, la pretensión de incentivar la generación de nuevos espacios verdes se convertiría, en este caso, en una excusa para la proliferación de elementos publicitarios en lugares prohibidos.

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