Pensión familiar para niveles 1 y 2 del Sisbén es constitucional (11:00 a.m.)
06 de Septiembre de 2013
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Nota:
91047
La norma que establece que los cónyuges o compañeros permanentes de los niveles 1 y 2 del Sisbén podrán sumar el número de semanas cotizadas al sistema de seguridad social para acceder a una pensión familiar fue declarada exequible por la Corte Constitucional; la disposición aplica, cabe precisar, para quienes no alcancen los requisitos de tiempo individualmente (artículo 3º de la Ley 1580 del 2012). La Sala Plena consideró razonable limitar a un salario mínimo la mesada. La Procuraduría había solicitado retirar del ordenamiento jurídico las disposiciones que limitaban el beneficio únicamente a favor de niveles 1 y 2 del Sisbén y el aparte que establece los topes en el monto del pago (C. P. Jorge Ignacio Pretelt).
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