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Nuevo llamado de atención a autoridades carcelarias por desconocer derecho a la salud de reclusos

03 de Enero de 2013

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La Corte Constitucional les hizo un nuevo llamado de atención a las autoridades carcelarias, por desconocer los derechos fundamentales de los reclusos a la salud y a la dignidad humana.

 

El alto tribunal previno al Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Mediana Seguridad de Neiva (Huila), para que vigile el cumplimiento de las garantías fundamentales de las personas recluidas allí.

 

De esta forma, exhortó a las autoridades para que, más allá de tomar medidas para solucionar la problemática de hacinamiento, no ignoren otras necesidades básicas para garantizar la dignidad humana de los reclusos.

 

La entidad explicó que las problemáticas que componen el estado de cosas inconstitucional en los establecimientos carcelarios deben ser atendidas de manera integral y no solo con medidas parciales y temporales, sobre todo tratándose del derecho a la salud.

 

Además, reiteró que las personas privadas de la libertad, ya sea en cumplimiento de una detención preventiva o de una condena, están a cargo del Estado, lo que genera una relación especial entre los internos y las autoridades.

 

En desarrollo de esa especial relación de sujeción, el Estado puede exigir reglas mínimas de conducta para preservar el orden y la seguridad carcelaria, siempre y cuando sean razonables y proporcionales, y debe garantizarles a los internos el pleno ejercicio de los derechos fundamentales que no han sido suspendidos y el disfrute parcial de los que han sido restringidos. 

 

Con estos argumentos, amparó los derechos a la salud, la vida digna y a la seguridad social de un desmovilizado que requería de un tratamiento neuronal, debido a un disparo en la cabeza que, entre otras complicaciones, le ocasionó una discapacidad motora.

 

(Corte Constitucional, Sentencia T-898, 11/2/2012. M. P. Jorge Ignacio Pretelt)

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