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A paso firme avanza iniciativa que modificaría régimen salarial de diputados (1:51 p.m.)

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07 de Diciembre de 2016

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La iniciativa definiría la escala de remuneraciones por concepto de asignación mensual de los diputados de las asambleas departamentales así: i) para departamentos de categoría especial el salario será de 30 salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv); ii) para departamentos de primera categoría la asignación será de 26 smlmv; iii) para los de segunda categoría será de 25 smlmv y iv) para los departamentos de tercera y cuarta categoría la remuneración mensual será de 18 smlmv. Este factor salarial es el elemento indispensable para definir el auxilio de cesantías, intereses de las cesantías, vacaciones, prima de vacaciones, prima de navidad y asignación económica por capacitación. Por su parte, se definen las condiciones para el tratamiento de las faltas temporales de los diputados, así pues, en caso de faltas absolutas o temporales quienes sean llamados a ocupar la curul tendrán derecho a los beneficios laborales definidos anteriormente. En cuanto a las faltas causadas por secuestro, el titular conservará los derechos salariales y prestacionales previstos en la ley e igualmente los llamados a reemplazarlos temporalmente. Conozca la ponencia para segundo debate en el documento adjunto a la presente nota.

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