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A partir del 9 de agosto, instructores y entrenadores de trabajo en alturas deberán contar con certificado de competencia laboral (4:02 p.m.)

19 de Junio de 2014

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Nota:
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La Circular 042 del Ministerio del Trabajo, dirigida a empleadores, empresas, contratistas y subcontratistas, recalcó que hasta el 8 de agosto los aspirantes a ser entrenadores de trabajo seguro en alturas tendrán la posibilidad de obtener dicho certificado. También, señala que estas personas pueden realizar el curso de formación en el Sena o en las universidades que cuenten con programas en seguridad y salud en el trabajo en algunas áreas y que estén debidamente aprobados y reconocidos por el Ministerio de Educación. Igualmente, los aspirantes deben cumplir con requisitos como: título de técnico, tecnólogo o profesional en salud ocupacional o profesional especialista en salud ocupacional o alguna de sus áreas; curso de entrenador para trabajo seguro en alturas y certificado de competencia laboral vigente sobre la norma para protección contra caídas en trabajo en alturas, la cual tendrá que ser renovada cuando se actualice la norma. La directora de Riesgos Laborales, Andrea Torres, aclaró que la medida aplica para trabajadores de los sectores de la construcción, telecomunicaciones, mantenimiento, hidrocarburos y de transporte, que usan andamios, escaleras, elevadores de personal y grúas con canasta, entre otros, y que desarrollen actividades en las que exista riesgo de caer a 1,50 metros o más.

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