13 de Diciembre de 2024 /
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Para realizar la revisión técnico mecánica de un vehículo se debe presentar la licencia de tránsito vigente

06 de Marzo de 2023

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De acuerdo con lo previsto en el artículo 50 del Código Nacional de Tránsito (Ley 769/02), por razones de seguridad vial y de protección al medio ambiente, el propietario o tenedor del vehículo de placas nacionales o extranjeras que transite por el territorio nacional deberá mantenerlo en óptimas condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad.

Para ello, indicó el Ministerio de Transporte, la revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes se realizará en centros de diagnóstico automotor (CDA), legalmente constituidos y registrados ante el Registro Único Nacional de Tránsito (Runt), que posean las condiciones mínimas que determinen los reglamentos emitidos por esta cartera y por el Ministerio de Ambiente, en el marco de sus competencias.

La aceptación de las condiciones de la revisión hecha a un vehículo se dará mediante el respectivo certificado de revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes, el cual será entregado al solicitante de manera virtual y con código seguro de verificación, así como con opción de consulta en los CDA y de los agentes de tránsito, a través del Runt.

Ahora bien, el artículo 3.3.4.1. de la Resolución 20223040045295 del 2022, sobre los documentos de la revisión, señala que para efectuar esta clase de revisiones el propietario, poseedor o tenedor del vehículo deberá llevarlo a un CDA habilitado o mediante línea móvil autorizada y registrado(a) en el Runt, presentando para ello la licencia de tránsito vigente.

Así las cosas, indicó la entidad, el propietario, poseedor o tenedor de un vehículo automotor que vaya a efectuar la revisión técnico mecánica deberá llevar el vehículo a un CDA debidamente habilitado y registrado en el Runt y, además, presentar la licencia de tránsito vigente.

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