Para acoger recomendaciones de la OCDE, SIC modifica circular única en lo relacionado con operaciones de integración empresarial (2:39 p.m.)
99189
16 de Marzo de 2015
Escucha esta noticia audio generado con IA
Con el objetivo de actualizar el régimen de información de concentraciones económicas en Colombia de conformidad con los estándares y recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) modificó el Capítulo II del Título VII de la Circular Única en lo referente a operaciones sujetas a este trámite. Por ejemplo, indicó que el supuesto subjetivo se configura cuando ocurre al menos una de las siguientes situaciones: las empresas intervinientes en la operación realizan la misma actividad económica o en la operación se encuentran en la misma cadena de valor. Así mismo, explica lo referente al cálculo de los ingresos operacionales y los activos totales. Cuando las empresas intervinientes participen en el mercado colombiano exclusivamente a través de exportaciones hacia Colombia y no tengan ingresos operacionales o activos totales en el territorio nacional, se deberán contabilizar los de dichas empresas en el extranjero y los de aquellas que cumplan las siguientes condiciones: se encuentren vinculadas en virtud de una situación de control con las empresas intervinientes y desarrollen la misma actividad económica o se encuentren en la misma cadena de valor de dichas empresas, entre otros cambios. Esta nueva norma deroga la Resolución 12193 del 2013.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!