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Para acoger recomendaciones de la OCDE, SIC modifica circular única en lo relacionado con operaciones de integración empresarial (2:39 p.m.)

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16 de Marzo de 2015

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Con el objetivo de actualizar el régimen de información de concentraciones económicas en Colombia de conformidad con los estándares y recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) modificó el Capítulo II del Título VII de la Circular Única en lo referente a operaciones sujetas a este trámite. Por ejemplo, indicó que el supuesto subjetivo se configura cuando ocurre al menos una de las siguientes situaciones: las empresas intervinientes en la operación realizan la misma actividad económica o en la operación se encuentran en la misma cadena de valor. Así mismo, explica lo referente al cálculo de los ingresos operacionales y los activos totales. Cuando las empresas intervinientes participen en el mercado colombiano exclusivamente a través de exportaciones hacia Colombia y no tengan ingresos operacionales o activos totales en el territorio nacional, se deberán contabilizar los de dichas empresas en el extranjero y los de aquellas que cumplan las siguientes condiciones: se encuentren vinculadas en virtud de una situación de control con las empresas intervinientes y desarrollen la misma actividad económica o se encuentren en la misma cadena de valor de dichas empresas, entre otros cambios. Esta nueva norma deroga la Resolución 12193 del 2013.

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