Organismos de tránsito deben reportar a Supertransporte actuaciones en accidentes por embriaguez (4:30 p.m.)
15 de Agosto de 2013
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Nota:
90581
La Superintendencia de Puertos les solicitó a los organismos de tránsito de todo el país entregar información periódica sobre sus actuaciones en los accidentes de tránsito por embriaguez y aplicar las normas correspondientes. De esta manera, deberán entregar bimestralmente información sobre el número de comparendos impuestos cuya infracción tenga que ver con alcoholimetría, discriminando si se trató de un vehículo de servicio público o particular; sanciones impuestas; número de víctimas fatales y/o lesionados y casos remitidos a la jurisdicción penal, anotando el despacho judicial de conocimiento. Esta información deberá ser tabulada mes a mes desde el 1º de junio del 2012 y la primera entrega deberá hacerse el próximo 23 de agosto, con el fin de que la superintendencia pueda verificar el procedimiento administrativo que le han dado a estas situaciones y descartar o, en su defecto, confirmar posibles faltas en la aplicación de las normas. Finalmente, estableció los criterios generales para dar estricto cumplimiento a la normativa que aplica en casos de accidentes por conducir bajo los efectos del alcohol.
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