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Ordenar cierres sin especificar la forma y los sitios es impreciso: Consejo de Estado (3:50 p.m.)

90521

14 de Agosto de 2013

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Ordenar el “cierre de los frentes de trabajo” sin determinar con exactitud cuáles lugares deben cerrarse es impreciso, señaló la Sección Tercera del Consejo de Estado. En el caso en estudio, una sociedad ladrillera solicitó el levantamiento de sellos impuestos a su maquinaria, al considerar que la orden dada por el Ministerio de Minas hacía referencia únicamente a la labor extractiva de la arcilla (explotación) y no a la parte industrial de la ladrillera (actividad empresarial). Según la sentencia, la redacción del acto administrativo expedido por el ministerio, que no especificó de qué forma y en qué sitios debía efectuarse el cierre ordenado, ocasionó daños a la sociedad. La sala advirtió que un hecho dañoso en operaciones administrativas no resulta imputable si se actúa dentro del marco de una interpretación razonable de las órdenes dadas (C. P. Hernán Andrade Rincón).

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