Nuevos plazos para el ajuste de los reglamentos técnicos de condiciones de operación de puertos marítimos (9:15 a.m.)
10 de Octubre de 2017
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Nota:
58239
Los autorizados que tengan aprobado el reglamento de condiciones técnicas de operación de puertos marítimos deben ajustarlo a las condiciones de operación fijadas en la Resolución 0850 del 2017 y radicar la documentación requerida ante la entidad competente, según los años en que fue otorgada la concesión, dentro de los plazos determinados en la Resolución 4159 del 2017. Por ejemplo, para las concesiones otorgadas entre los años 2012 al 2016, el plazo máximo de radicación será de siete meses contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial (50.378 viernes, 6 de octubre del 2017) y para las otorgadas entre 2010-2011, nueve meses también contados desde su publicación oficial. Las fechas completas pueden ser consultadas en la norma adjunta a esta nota.
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