15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 8 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Supernotariado hace precisiones sobre inscripción de baldíos de entidades territoriales cedidos por la Nación (2:49 p.m.)

27 de Julio de 2015

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Nota:
101976
Teniendo en cuenta que con la regulación del  procedimiento de inscripción de baldíos de entidades territoriales cedidos por la Nación, donde se derogó la Instrucción Administrativa 018 del 2009 y la Circular 222 del 2010, y con el fin de prever un régimen de tran­sición a los procesos que se hubieran adelantado a la luz de los preceptos contenidos en dichas normas, la Superintendencia de Notariado y Registro acaba de dejar sin efecto la mencionada derogatoria, por el término de tres meses. De otra parte, entró a precisar el alcance e interpretación del numeral 10 de la Instrucción 03 del 2015, el cual tiene que ver con las copias en papel de seguridad de la resolución de declaración de baldío urbano y que, según la superintendencia, no se limita al que proporciona la Unión Colegiada del Notariado Colombiano, sino que se debe entender como un tipo que incorpora características que pueden servir para identificar o autentificar un documento como original o características que demuestren la manipulación de evidencia cuando se intenta cometer un fraude, esto implica la incorporación de fondos micro lineales, marcas o sellos de agua, numeraciones consecutivas, logos de las entidades o cualquier tipo de identificación ins­titucional que permita verificación de legitimidad del documento.

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