Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Supernotariado aclara normativa sobre exención de derechos notariales y registrales a VIP y VIPA (11:37 a.m.)

104338

13 de Noviembre de 2015

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Con la Instrucción Administrativa 013 del 2015 se reali­zaron algunas precisiones respecto del pago de derechos notariales y registrales, para los casos de vivienda de interés social prioritario (VIP) y vivienda de interés social prioritario para ahorradores (VIPA). Allí, entre otros fundamentos legales, se hizo mención de los artículos 33 y 34 de la Ley 1537 del 2012, los cuales fueron modificados por los artículos 108 y 109 de la Ley 1687 del 2013 en cuanto a la exención de derechos notariales y registrales. En este orden de ideas y respecto de la mencionada exención, la Superintendencia de Notariado y Registro consideró pertinente dar alcance a la mencionada instrucción en el sentido de tener en cuenta como fundamentos legales los artículos 108 y 109 de la Ley 1687, que establecen cuándo no se causarán dere­chos notariales o registrales para ninguna de las partes, independientemente de su naturaleza jurídica en los negocios.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)