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Regulan porcentaje de expensas de curadores urbanos para sostenibilidad de Supernotariado (10:46 a.m.)

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12 de Febrero de 2018

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El 5 % del recaudo de expensas de cada curador urbano será destinado al Fondo de cuenta de curadores urbanos administrado por la Superintendencia de Notariado y Registro con el propósito de garantizar la sostenibilidad de la labor de vigilancia y control. Así lo definió el Ministerio de Vivienda en la Resolución 0064 del 24 de enero del 2018, para reglamentar lo dispuesto en la Ley 1796 del 2016. Los valores resultantes del porcentaje de las expensas que los curadores deben aportar se aproximarán al múltiplo de 100 más cercano. Al término del primer año de recaudo, el ministerio podrá revisar y ajustar en lo pertinente el porcentaje en caso de presentarse un déficit o superávit. La superintendencia deberá presentar a Minvivienda un informe que contenga el recaudo en todos los municipios y el detalle de los costos y gastos por cada concepto causados en el ejercicio de la función de vigilancia.

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