Decretos reglamentarios únicosMinjusticia adiciona su decreto único en lo relacionado con trámites notariales (10:33 a.m.)
24 de Agosto de 2015
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Nota:
103516
El Ministerio de Justicia adicionó el Decreto 1069 del 2015, único reglamentario del sector, y reglamentó los artículos 487 y 617 de la Ley 1564 del 2012, relacionados con trámites notariales. Así, por ejemplo, en cuanto a la solicitud de autorización para enajenar bienes de incapaces, el trámite correspondiente de autorización para enajenar bienes o cuotas partes de estos, cuya propiedad sea de menores de edad o de incapaces mayores de edad, podrá hacerse por escritura pública, ante notario. La solicitud la suscribirán los padres del menor o los guardadores, según el caso. También, regula lo pertinente a la declaración de ausencia del desaparecido y del nombramiento de su administrador mientras dure esta; la custodia del hijo menor o del mayor en condición de discapacidad y la regulación de visitas de común acuerdo; declaraciones de constitución, disolución y liquidación de la sociedad patrimonial de hecho y de la existencia y cesación de efectos civiles de la unión marital de hecho entre compañeros permanentes, de común acuerdo, entre otros temas. Finalmente, derogó los artículos 2.2.6.10.1, 2.2.6.10.2, 2.2.6.10.3, 2.2.6.10.4 y 2.2.6.10.5 del Decreto 1069.
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