Norma que regula notificación de plusvalía no garantiza debidamente derecho a la defensa: Corte Constitucional (2:30 p.m.)
95175
10 de Febrero de 2014
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
La Corte Constitucional determinó que la notificación de actos relacionados con la liquidación de los efectos de la plusvalía por avisos en la prensa o edictos no garantiza debidamente el derecho a la defensa ni contribuye a la eficiencia en la función pública, aun cuando declaró exequible la norma que así lo permite, según aclaró, para evitar traumatismos en el recaudo de los dineros (artículo 81 de la Ley 388 de 1997). Teniendo en cuenta estos reparos, y a fin de garantizar los principios que quedaron en entredicho con la expedición de la disposición, la Sala Plena condicionó la norma a que esta solo proceda cuando se haya agotado previamente el procedimiento de notificación personal (M. P. Luis Ernesto Vargas).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!