No toda compra de servicios es susceptible de descuento para contribuyentes del régimen común (11:19 a.m.)
17 de Diciembre de 2014
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Nota:
98705
El Consejo de Estado explicó que la adquisición de licencias de cómputo no pueden ser descontables de la declaración de impuestos para contribuyentes del régimen común cuando su fin es ser incorporadas a equipos informáticos que son utilizados en operaciones renting. Ello porque aun cuando se trate de un servicio, para efectos de IVA, termina siendo incorporado a un activo fijo, en los términos del artículo 60 del Estatuto Tributario. La consecuencia para el contribuyente surge de la lectura del artículo 488, que limita el beneficio para la adquisición de bienes corporales muebles y servicios, mientras el 491 impide extenderlo a los activos fijos (C. P. Carmen Teresa Ortiz).
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