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No puede atribuirse mala fe al empleador si la terminación del contrato es voluntad de la administración (9:35 a.m.)

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19 de Junio de 2013

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La Sala Laboral de la Corte Suprema absolvió al Instituto de Seguros Sociales (ISS) de indemnización moratoria y recordó que no puede atribuirse mala fe al empleador si la terminación del contrato laboral se produce por voluntad de la administración central. Según la sentencia, con fundamento en un fallo proferido en otro litigio, con efectos interpartes, no es posible dar por acreditada la transgresión de normas, como el artículo 1° del Decreto 797 de 1949 sobre sanción moratoria (M. P. Carlos Ernesto Molina Monsalve).

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