No es viable la tutela para nombrar a integrante de lista de elegibles, si no existe la vacante (3:58 p.m.)
27 de Septiembre de 2012
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Nota:
84146
La designación en un cargo por vía de tutela depende de su disponibilidad, señaló el Consejo de Estado. Por esta razón, concluyó que no es exigible el nombramiento de una persona utilizando este mecanismo si no existe una vacante para el cargo. De esta forma, resolvió que aunque le asistía derecho a la tutelante a ser nombrada en un cargo de carrera, como otro concursante fue nombrado en propiedad, era inviable su designación. En ese sentido, aclaró que la acción no puede ser concebida para la protección de los derechos de una persona quebrantando los de otra, que de buena fe y legítimamente los consolidó. Precisó además que este tipo de situaciones trae consigo la necesidad de estudiar la legalidad del acto del nombramiento por medio de la jurisdicción de lo contencioso administrativo (C.P. Mauricio Torres Cuervo).
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