No es viable exigir pagos en los permisos para instalación de redes en bienes de uso público (4:50 p.m.)
12 de Agosto de 2013
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Nota:
90558
La Sección Primera del Consejo de Estado anuló las expresiones “y pago de derechos” y “cancelar los derechos de permiso de cruce” de la norma técnica NT–001 proferida por Ferrovías y adoptada por el Instituto Nacional de Concesiones (Inco) mediante Resolución 474 del 2004. A juicio del alto tribunal, esta norma contraviene el artículo 3º del Decreto 1588 de 1989, porque si bien el Inco cuenta con la competencia para expedir los permisos solicitados por las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios para la instalación de redes que crucen las vías férreas (bien de uso público), no es menos cierto que dicha competencia se limita exclusivamente al otorgamiento o negación del mismo, por lo que exigir el denominado “pago de derecho de cruce” desborda su ámbito de competencia (C. P. Guillermo Vargas Ayala).
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