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No entregar ayuda humanitaria a damnificados por eventos metereológicos vulnera derechos fundamentales (8:25 a.m.)

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24 de Mayo de 2013

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La Corte Constitucional le ordenó a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres entregar la ayuda humanitaria a que tienen derecho los damnificados directos de la segunda temporada de lluvias del 2011 y les concedió la protección de los derechos fundamentales a la vivienda digna, a la igualdad, a la dignidad y al debido proceso. Según el fallo de tutela, se demostró la afectación, que se encontraban inscritos en el censo del Fondo de Prevención y Atención de Emergencia (Fopae) y en la base de datos de los damnificados de la localidad de Bosa, en Bogotá; sin embargo, no se les había adjudicado ayuda alguna, por no encontrarse registrados en las bases de datos de la entidad (M. P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub).

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