Ningún ciudadano tiene derecho a exigirle al Estado que utilice un mecanismo específico para lograr la paz: Consejo de Estado (10:20 a.m.)
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24 de Septiembre de 2014
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El Consejo de Estado sostuvo que aunque la paz es un derecho fundamental, ningún ciudadano podría exigirle al Estado que adelante una acción específica para que logre su consolidación so pena de la vulneración de sus garantías fundamentales. Indicó que esta solo es exigible por medio de acción de tutela, cuando se evidencia una vulneración subjetiva en contra del actor; de lo contrario, dice, este carecerá de legitimidad en la causa. Agregó que la probable proliferación de violaciones a los derechos humanos y al DIH que se generaría con el eventual rompimiento de las negociaciones del Gobierno con las Farc en La Habana (Cuba) en forma alguna constituye perjuicio irremediable. Con estos argumentos, la Sala declaró improcedente la acción de tutela mediante la cual un ciudadano pretendía que se ordenara al Presidente de la República mantener los diálogos de paz (C. P. Guillermo Vargas Ayala).
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