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Negativa de apertura de cuentas bancarias a campañas políticas debe obedecer a causas objetivas (8:00 a.m.)

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10 de Marzo de 2014

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La Superintendencia Financiera, en concepto de enero, respondió varias inquietudes relacionadas con la apertura de cuentas bancarias destinadas al recaudo de fondos de campañas electorales y partidos políticos. Según la entidad, no existe un procedimiento específico para el manejo de dichos recursos, sino que las entidades financieras deben cumplir las reglas mínimas previstas en la Carta Circular 117 del 2013, en la cual se les recordó el deber de atender las necesidades de las personas naturales o jurídicas para el manejo de tales recursos y la importancia de propiciar la transparencia del ejercicio democrático. En este sentido, precisó que si bien pueden establecer sus propios criterios para la gestión de riesgos, la negación de servicios no se puede dar sin una causa objetiva que impida la prestación.

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