Movimientos políticos de minorías étnicas pueden inscribir listas de candidatos en la circunscripción ordinaria (2:58 p.m.)
14 de Enero de 2015
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Nota:
98347
El Consejo de Estado respaldó la elección de José Rodolfo Pérez Suárez, del movimiento político Cien por ciento Colombia, como representante a la Cámara por el departamento de Casanare para el periodo 2014-2018. Para la demandante, por la personería jurídica y régimen excepcional de las minorías étnicas, sus movimientos políticos solo pueden inscribir listas en dichas circunscripciones, por lo tanto tenían vedado participar en las elecciones para cargos correspondientes a la circunscripción ordinaria. Para la Sección Quinta, y de acuerdo con el artículo 108 de la Constitución y el artículo 28 de la Ley 1475 del 2011, no existe tal prohibición, exclusión o mandato. En su opinión, no se puede inferir que las organizaciones cuya personería fue obtenida como resultado de la representación obtenida en el Congreso como minoría étnica o política en la circunscripción especial no tienen permitido participar y/o inscribir listas de candidatos una vez obtengan la personería jurídica como movimiento político en la jurisdicción ordinaria (C. P. Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez).
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