Modificarían decreto reglamentario de beneficios jurídicos para desmovilizados (9:40 a.m.)
22 de Septiembre de 2014
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Nota:
63349
Con el fin de asegurar el cumplimiento de las disposiciones previstas en la Ley 1424 del 2010 y el Decreto 2601 del 2011, el Ministerio de Justicia considera oportuno dar claridad frente al beneficio jurídico dispuesto sobre la suspensión condicional de la ejecución de la pena. Entonces, la entidad publicó un proyecto de norma donde plantea que para efectos del tratamiento penal especial dispuesto en la ley, la suspensión condicional de la ejecución de la pena comprendería tanto las penas principales de prisión, multa y privativas de otros derechos, así como las accesorias impuestas en la sentencia condenatoria. Transcurrido el periodo de la suspensión condicional de la ejecución de la pena sin que el condenado incumpla las obligaciones de que trata la ley, las penas principales y accesorias quedarían extinguidas, previa decisión judicial que así lo determine. Hasta hoy hay plazo para enviar opiniones o propuestas alternativas a la propuesta, a través del correo camilo.victoria@minjusticia.gov.co.
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